Estudios contables, contadores
Trabajo insalubre :
El trabajo insalubre se paga por jornada según su escala salarial completa. La misma se determina según la actividad de la empresa y la categoria o tarea que desempeñe el empleado.
No puede superar las 6 horas diarias de trabajo, pero la escala salarial fija el sueldo total a liquidar: es decir, si
En el caso de trabajos considerados "insalubres" las escalas salariales fijan los sueldos correspondientes ya dando por entendido que el trabajador se desempeñará cumpliendo con la cantidad maxima de horas mensuales que estipule la ley para su actividad en particular.
Obra social con distintos empleadores:
Aquellos empleados que desempeñen sus trabajos en jornadas parciales con mas de un empleador, podrán dirigirse a
Aquellos empleados que desempeñen sus trabajos en jornadas parciales con mas de un empleador, es decir, que por ejemplo, trabajen 4 horas a la mañana para un empleador y 4 horas a la tarde para OTRO empleador, tienen el inconveniente de que se les descuentan aportes para la obra social POR JORNADA COMPLETA, en ambos lados. Esto significa
que están aportando como si tuvieran DOS TRABAJOS POR JORNADA COMPLETA.
En estos casos, el empleado deberá dirigirse a
Superintendencia de Servicios de Salud - Atencion Telefónica: 0800-222-72583
Sindicatos: llevan aportes por jorna completa como
No. Por ahora no se determinó que estos aportes ni contribuciones alcancen a los sindicatos.
A los empleados que superan en horas a las 2 terceras partes de la jornada Legal, se les puede bajar a media jornada ?
No. Si el empleado no pudiera desempeñarse en Jornada Completa por alguna causa personal, como por ejemplo complicación con los horarios de sus hijos si cumpliera 8 hs. diarias de trabajo, podrá solicitar a su empleador la reducción a media jornada, o jornada parcial (que no supere las 133 hs. mensuales).
Para realizar esta solicitud, deberá firmarse un acuerdo entre el empleador y el trabajador aclarando que éste ultimo solicita el cambio de jornada laboral. Dicho acuerdo podrá luego homologarse en el Ministerio de Trabajo para que tenga validez legal.
Para más información comunicarse al 0800-666-4100 que es le Tel. de Atencion al publico del Ministerio de Trabajo (en Argentina)
Fuente: Ministerio de Trabajo de la Nacion.
Consulte con nuestro Estudio Contable al (011) 15-6375-9196 - CONTADORES MSQ
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