Estudios contables, contadores
El Sueldo Anual Complementario (SAC) o Aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario (SAC) o Aguinaldo
Cuando el Trabajador tiene Un Semestre trabajado en la Empresa (Contando el 30 de junio o al 31 de Diciembre de cada año) Es decir, le corresponde el aguinaldo completo:
Es el 50 % de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de los semestres que terminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Cuando el Trabajador tiene Menos de Un Semestre trabajado en la Empresa. Es decir, le corresponde el aguinaldo PROPORCIONAL.
Liquidación: Se toma el mejor Sueldo REMUNERATIVO BRUTO que el Trabajador haya percibido, se lo multiplica por los dias trabajados desde su ingreso a la empresa, y a ese resultado se lo divide por 360 (dias del año)
Incluye: Los períodos de enfermedad, accidente y vacaciones se considera tiempo trabajado.
Excepciones: No se consideran para su liquidación los lapsos en los que el trabajador no tiene derecho al cobro de salario porque el SAC es un "salario diferido" que se gana a "día a día" y acompaña al sueldo normal.
Diferencia: El salario normal se paga en forma diaria, quincenal o mensual. En cambio el SAC se paga en dos cuotas, la primera el 30 de junio y la segunda el 31 de diciembre de cada año.
Cese: El trabajador tiene derecho a percibir la parte del SAC proporcional de la fracción del semestre trabajado cuando se produzca la extinción del contrato laboral.
Fuente:Fragmentos tomados de elsalario.com.ar
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